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jueves, 21 de agosto de 2025

CALCHAQUI: PAMI OBLIGADO A ENTREGAR UNA MEDICACION ONCOLOGICA


 
El caso es de la afiliada Gimenez Raquel Angelica, de esa localidad santafesina, que fue diagnosticada en el año 2021 con Melanoma Maligno de Piel, (Estadio actual IV). 

Los autos son: “GIMENEZ, RAQUEL ANGELICA C/INSTITUTO NACIONAL SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (PAMI) SOBRE AMPARO Y MED. CAUTELAR”, Expte Nº FRO 19642/2025, que tramitan ante la Secretaría de Derechos Humanos de este Juzgado Federal de Reconquista.

La sra Gimenez, de 75 años, fue intervenida quirurgicamente para extirparle el melanoma y un ganglio centinela en 2022. El mismo año, en el mes de septiembre se le practica otra cirugía donde se realiza el vaciamiento ganglionar, del iliaco derecho.

Comienza el tratamiento indicado con NIVOLUMAB en noviembre de 2022 hasta abril de 2025. Aprobado por Pami, aunque de forma esporádica, dado los estudios y controles obligatorios antes de cada aplicación. En febrero de 2023, después de un estudio de Radioneurocirugia, se le descubrió metástasis intracraneal. Por dicho motivo los médicos deciden agregar al tratamiento: IPILIMUMAB 3mg/kg + NIVOLUMAB 1mg/kg cada 21 días x 4 ciclos seguido. Pero el 04/08/2025 la respuesta de la obra social fue: DENEGADA. Motivo: “No se autoriza nuevo esquema que contenga la misma droga, ante la evidencia de progresion a inmunoterapia. Dispone de quimioterapia estandar“. 

En palabras simples, la respuesta de la obra social fue: “Dejese morir, no hay mas nada que hacer”. Pero lo manifestado por la obra social es FALSO, ya que pacientes en estadio IV de cáncer, tratados con Nivolumab/Ipilimumab, han reducido el tamaño de los tumores a menos de la mitad en el páncreas y la desaparición de otros en pulmón e hígado. Como ejemplo, desde hace cinco años el Sr Jorge Espindola, de Romang, hace una vida normal, pese a que IAPOS le aseguro que no tenía cura, que espere la muerte”. Como tantos otros casos similares, que fueron citados en el amparo como precedentes. Casos resueltos por el mismo Estudio Jurídico de la Dra Vizcay Gomez Graciela, de Buenos Aires.

El Juez Federal de Reconquista Dr. ALDO MARIO ALURRALDE, hizo lugar a la medida y RESOLVIO: “ Hacer lugar a la medida cautelar solicitada, ordenando en consecuencia al INSTITUTO NACIONAL SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (PAMI), que en el PLAZO DE CUARENTA Y OCHO HORAS CORRIDAS (48HS.) contadas a partir de la notificación de la presente, AUTORICEN a la Sra.Raquel Angelica Gimenez la cobertura (al 100%) de los medicamentos indicados como: “Ipilimumab 3mg/kg + Nivolumab 1mg/kg cada 21 días x 4 ciclos seguidos de Nivolumab 48mg dosis total cada 28 días”.

Nuevamente, una obra social es obligada por la justicia a cumplir y respetar los derechos de un paciente. TODOS tenemos derecho a una mejor calidad de vida. Sentarse a esperar la muerte, no es una opción, luchar hasta el ultimo respiro es un derecho inalienable. Que colisiona con las arcas de las obras sociales, para quienes somos un numero, y esas enfermedades, un desembolso que se niegan a efectuar.-