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jueves, 29 de diciembre de 2022

Entrevista Radio Río Romang


GRACIAS Rio Romang POR LA ENTREVISTA!!
GRACIAS Carlitos por tu generosidad para sacarme al aire y poder agradecer a todos los EMPLEADOS EVENTUALES de la Municipalidad de Romang. Con mis colegas Especialistas en Derecho Laboral de Rosario, trabajamos en toda la provincia y en casos Federales. En 2023 estaré atendiendo en una nueva oficina en Romang, calle 3 de junio 656, sumándose a mi Estudio con sede en Capital Federal. GRACIAS a todos por la confianza depositada. BENDICIONES Y FELIZ 2023!

martes, 27 de diciembre de 2022

ROMANG: OBJETIVO LOGRADO!!! GRACIAS COMPAÑEROS!!👏👏👏👏

 


En la Reunión de hoy 26/12/2022, con la presencia del Intendente de Romang, La Secretaria adjunta de Festram Reconquista Andrea Paz, el Secretario de Ascem San Javier Victor Giudice y los compañeros eventuales Cesar Alejandro Zacarias, Juan Manuel Arguello y Marcelo Aguirre, se FIRMO y se LOGRO todos los puntos de reclamo de los 90 trabajadores eventuales de la Municipalidad de Romang.


1-La modificación de la Ordenanza, Presupuesto 2023, donde se pretendía clasificarlos como "ayuda social de emergencia"
2-Aumentos de sueldo
3-Creacion de una Junta Evaluadora
4-Entrega de ropa de trabajo
5-La compra de dos Dispenser de Agua para el obrador
Dejando de forma expresa que ningún trabajador sufrirá descuentos ni represalias por estos reclamos.

Se acompaña el Acta firmada por el intendente y representantes en la Reunión.
Queremos informar a la comunidad que NINGUN MEDIO se hizo presente pese a haber sido invitados, tampoco NINGUN CONCEJAL, salvo la única presencia de Laura Aranda del PJ a quien agradecemos infinitamente. Eso habla a las claras que siempre luchamos en SOLEDAD, sin el apoyo de NADIE, pese a ello hoy se logró el objetivo y la RADIO que durante la mañana hablo mal de los trabajadores y no leyó ningún mensaje que enviamos para DESMENTIR los dichos del sujeto con micrófono, dejamos en claro que TODOS ESTAMOS UNIDOS POR UNA MISMA CAUSA, y es mentira que había compañeros en desacuerdo.-



sábado, 24 de diciembre de 2022

El IAPOS deberá cubrir al 100 por ciento una vitrectomía a un niño con Retinopatía del Prematuro


Santiago Gabriel Cardona es un niño nacido antes de que se hayan cumplido 37 semanas de gestación, y por ese motivo padece una Retinopatía del Prematuro. Vive en la ciudad de San Justo, Santa Fe, hijo Silvina Cattalin y Lorenzo Cardona.

Su retinopatía es una enfermedad vasoproliferativa de la retina poco frecuente, que afecta a los recién nacidos prematuros. Está caracterizada inicialmente por un retraso del desarrollo vascular fisiológico retiniano con afectación fisiológica de la vascularidad y, posteriormente, por angiogénesis aberrante en forma de neovascularización intravítrea.

El menor fue expuesto a cuatro cirugías de la visión en su corta vida. La primera al nacer, luego dos cirugías de retina y una última para un implante ocular. Siempre fue tratado en el Instituto de Ojos Páez Allende de Santa Fe. Pero los desprendimientos de retina y otras complicaciones persisten.

En la última visita a este Instituto en el mes de septiembre de 2022, se decide no operar más al joven por la falta de respuesta a los tratamientos. Por ese motivo es que se consulta a otro profesional, en este caso a los especialistas de Buenos Aires del Centro Oftalmológico Charles.

Mediante carta documento se le solicitó a IAPOS una respuesta al pedido de la madre, realizado por escrito en noviembre de 2022, pero no obtuvo respuesta. Pese a ello, IAPOS de forma telefónica, exigió documentación respaldatoria de la enfermedad/cirugía, para una nueva Auditoría. Se envió toda la documentación exigida y aun así, no hubo más respuestas. Por lo que la familia del menor se vio obligada a iniciar un amparo judicial en Tribunales de San Justo el 7 de diciembre pasado.




El día de la fecha la jueza Laura Maria Alessio dicto la siguiente resolución: "A la cautelar solicitada, atento haber admitido el IAPOS en la contestación de la demanda que asume el 100 por ciento de la cobertura de cirugía Vitrectomía Unilateral OD, y como cautelar: ordénese la cobertura de dicha práctica en centro médico solicitado por la parte actora (Centro Oftalmológico Charles), dentro del plazo que el profesional tratante determine. Asimismo, y no contando con elementos brindados por la Actora que permitan determinar que el centro médico elegido por ésta resulte más acorde al tratamiento de la patología que padece el menor, y que justificarán realizar la práctica en un lugar distinto por la accionada, hágase saber que la realización de la práctica en dicho nosocomio se realizará bajo la exclusiva responsabilidad de los peticionantes en cuanto a los aspectos médicos respecta. Habiliten los días y horas que fueren menester. Notifíquese".

Lo que parece no reconocer IAPOS que pretendía que el niño pierda el globo ocular por completo, es que el Centro Oftalmológico Doctor Charles. es un instituto de excelencia con una trayectoria indiscutible y premios en su haber, que tiene su sede central en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), y además cuenta también con su Fundación VER, una iniciativa de los Doctores Martín, Daniel y Nicolás Charles, cuya misión es dar asistencia a pacientes de escasos recursos con afecciones oculares complejas, y formación quirúrgica oftalmológica.

Los constantes desprendimiento de retina del niño, obligaban a una cirugía urgente, para evitar que esta se seque y se pierda por completo también el globo ocular, pero la obra social está lejos de aceptar que brinda una pésima atención de salud, pese a las exorbitantes sumas dinerarias que descuenta a todo el personal de la Administración Pública de la provincia de Santa Fe, que no tienen la posibilidad de elegir libremente otra obra social, y que son obligados a mantener rehenes de IAPOS.

Una vez más la abogada Graciela Vizcay Gomez, de Buenos Aires, logró torcer el brazo a la obra social santafesina con más afiliados de la provincia, Este es el sexto amparo llevado adelante por la profesional contra IAPOS y hay otros tantos casos que no llegaron a judicializarse por reclamos de salud a la misma obra social.


Asimismo, cabe recordar que, hay existe un reclamo administrativo de 172 policías jubilados de la provincia ante IAPOS, por la misma profesional Vizcay Gómez, que reclaman a IAPOS el enriquecimiento ilícito y confiscatorio de la obra social en los descuentos exorbitantes de sus haberes jubilatorios, Descuentos fundamentados en una Ley Provincial que venció hace 22 años.

En 1980 la Ley 8288 de jubilaciones fue modificada en los artículos 8, 9 y 10 por la Ley 9840. Hoy no existe tal emergencia ni Ley que obligue a seguir descontando los porcentajes que IAPOS y la Caja de Jubilaciones viene confiscando hace más de dos décadas.

Fuente: AGENCIA NOVA SANTA FE


martes, 1 de noviembre de 2022

Inédito: dos amparos ganados a Swiss Medical por la misma paciente


Especial de Nova

Con una diferencia de dos años, y los mismos abogados, Swiss Medical deberá cubrir dos medicamentos distintos a la misma afiliada.

Sandra Cabrera, vive en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y tiene como médica de cabecera a la profesional Tamara Sol Décima, médica especialista en neumología del Hospital Británico de la ciudad de Rosario, donde es tratada por su enfermedad, considerada EPF (poco frecuente).

En Argentina, según lo establece la Ley 26689 (artículo 2º) se consideran Enfermedades Poco Frecuentes a aquellas cuya prevalencia poblacional es igual o inferior a una (1) en dos mil (2000) personas referida a la situación epidemiológica nacional.

Hace dos años, la prepaga Swiss Medical se negó a cubrir los medicamentos para esta afiliada que padece Esclerodermia Sistémica, con compromiso pulmonar (Neumonía Intersticial no Específica).

El primer amparo fue presentado el 16 de octubre de 2020 ante el Juzgado Civil y Comercial Número 3, Secretaría Número 5, de CABA, a cargo de José Luis Cassinerio, quien, en su resolución, resolvió: “Hacer lugar a la medida cautelar peticionada. En consecuencia, previa caución juratoria que se tiene por presentada con la suscripción del escrito de inicio deberá la accionada Swiss Medical S.A. arbitrar las medidas del caso para brindarle a Sandra Fabiana Cabrera la cobertura integral (100 por ciento) del medicamento Micofenolato Mofetil 500 miligramos, prescripto por su médico tratante”. Y agrega: “Máxime, teniendo en consideración la recomendación efectuada por el Cuerpo Médico Forense”, a quienes fue enviado el expediente para su evaluación.

Asimismo, previa presentación de una nueva orden médica con los otros cinco medicamentos que forman parte del tratamiento: calcio-cit plus, 1500 miligramos, tensimed amlodipina 5 miligramos, rosux rosuvastatina 10 miligramos, deltisona B meprednisona 8 miligramos, osteodyn vitamina D, la actora “ deberá acompañar una certificación médica actualizada que dé cuenta si la enfermedad diagnosticada es considerada como “Enfermedad Poco Frecuente” en los términos de la ley 26.689 y de las Resoluciones 201/02 y 310/04 del Ministerio de Salud.”, los cuales forman parte del tratamiento para recibir el mismo porcentaje 100 por ciento de cobertura.

Pero esta enfermedad EPF, empeoró, a casi dos años de esa presentación, y se convirtió en una Fibrosis Pulmonar Idiopática (enfermedad pulmonar intersticial difusa o fibrosante progresiva secundaria a la esclerodermia sistémica) y nuevamente la prepaga se negó a cubrir al 100 por ciento el medicamento Nintedanib, por su alto costo, argumentando que no estaba aprobado por ANMAT, lo cual es falaz.

La segunda demanda contra la prepaga se presentó el 29 de septiembre de 2022, ante las primeras impresiones del juez Juan Rafael Stinco, hace lugar a la demanda luego de las conclusiones del Cuerpo Médico Forense, de la Corte Suprema, por lo que la cautelar se otorga de forma positiva.

El juez Stinco manifiesta en su resolución del día de la fecha, que: "Hacer lugar a la medida cautelar peticionada. En consecuencia, previa caución juratoria que se entiende prestada con la suscripción del escrito de inicio, deberá la demandada Swiss Medical SA., otorgar, en el término de tres días, a la Sra. Sandra Fabiana Cabrera, la cobertura al de la medicación:NINTEDANIB (OFEV) 150 mg comprimidos, una toma cada 12 hs.300 mg/día, conforme lo recetado por su médico tratante".

Dicho esto, tanto los medicamentos citados, más el Micofenolato Mofetil 500 miligramos y ahora también el Nintedanib 150 mg, deberán ser cubiertos al 100 por ciento por la prepaga Swiss Medical. Un caso inédito, mismo afiliado, misma prepaga en una enfermedad progresiva.,

Una vez más la abogada Graciela Vizcay Gómez, especialista en amparos de salud, logra que Swiss Medical cumpla con las leyes, y no solo se dedique a exprimir a los afiliados, aumentándoles un 11,5 por ciento en octubre y un 13,8 por ciento en diciembre, por lo que las cuotas acumularán un alza de 113,8 por ciento en 2022

La abogada Vizcay Gomez es la defensora de la amparista junto al abogado Luis Antonio Montenegro, ambos de CABA, en los dos amparos.

martes, 13 de septiembre de 2022

San Javier: una obra social deberá entregar medicación a una docente de Romang que padece una enfermedad poco frecuente


Padece Histiocitosis de Células Langerhans
Los reclamos en contra de esta obra social siguen en aumento, por los grandes recortes que se hace a los afiliados y los argumentos carentes de rigor científico.

Sandra Analia Cancian es una docente de 47 años de la ciudad de Romang, que padece una enfermedad poco frecuente llamada Histiocitosis de Células Langerhans (HCL). No es un cáncer, pero comparte similitudes con algunos tipos de estos y, a menudo, requiere tratamiento con quimioterapia.

Es un trastorno en el que el cuerpo produce demasiadas células dendríticas. Esas células tienen un rol en el sistema inmunitario del organismo.

En la HCL, estas células se acumulan en varios tejidos y causan daños. Se encuentran principalmente en la piel, los pulmones, el estómago y los intestinos. Al ser una enfermedad poco frecuente (EpoF), se encuentra, además, protegida por la Ley 26.689, considerando EPoF a aquellas enfermedades cuya prevalencia poblacional es igual o inferior a una en dos mil personas.

La especialista en reumatología, la doctora Jesica Romina Gallo, es la médica de cabecera de la amparista y, pese a sus reclamos insistentes a los auditores de la obra social, la negativa siempre fue la respuesta, aun sin sustento alguno, lo cual es una vergüenza, porque demuestra a las claras que ni siquiera conocen la enfermedad, pero niegan la cobertura solo por el alto costo de la droga.

La abogada que lleva adelante el Amparo es Graciela Vizcay Gómez, de Buenos Aires, especialista en este tipo de acompañamientos legales de salud y con incontables casos contra IAPOS ganados en su haber.

El amparo fue presentado este lunes en el Juzgado de Reconquista, a cargo del juez Fabian Lorenzini y la secretaria Laura Cantero, que en tiempo récord resolvieron este martes el primer decreto.

"Resuelvo hacer lugar a la cautelar pretendida por la actora, y en consecuencia ordenar a la demandada Obra Social IAPOS la provisión a la actora Sandra Analía Cancian del 100 por ciento del medicamento RITUXIMAB, ordenándose a tal fin lo necesario para que tal fármaco le sea entregado a la señora Cancian en cualquier farmacia habilitada en esta ciudad”, comienza.

“Arbitrando todos los medios necesarios para la efectiva recepción de tales cosas, bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Insértese el original, agréguese copia y hágase saber”, finaliza la orden.


La obra social argumentó que dicho medicamento “no está aprobado por Anmat” para esa enfermedad, a lo que la profesional Vizcay Gomez le respondió que es “falaz”, ya que “el rituximab es un anticuerpo monoclonal que se usa para tratar la HCL, bloquea moléculas que las células cancerosas necesitan para multiplicarse, marcan células cancerosas para que el sistema inmunitario las destruya o transporten sustancias que dañan estas células”.

Lo cierto es que la pésima cobertura de la obra social, los recortes, los descuentos exorbitantes a los afiliados y sus argumentos carentes de rigor científico hace que se multipliquen los reclamos en su contra.

jueves, 2 de junio de 2022

IAPOS deberá cubrir la droga de un niño con hemofilia

 

Leandro Tibaldo cumple dieciocho meses. La jueza de San Justo, Laura Maria Alessio, resolvió la cautelar que ordena a IAPOS, la entrega inmediata y cobertura de la droga Emicizumab para el bebe:

“A los fines de salvaguardar la salud del niño ordenase a la accionada brindar la cobertura total de la medicación requerida por el pediatra tratante del menor por el plazo de 30 días, plazo que podrá prorrogarse en caso de resulta menester", informó.


Lo insólito del caso, es que la jueza, lejos de ordenar por mérito propio dicha cautelar, lo hace por expreso pedido del Defensor General Juan Carlos Martin, quien desde un principio dictaminó que: "Este Ministerio, tutelando por adelantado, entiende que debe procederse, sin plazo de dilación alguno, al dictado de la medida cautelar solicitada en favor del niño Leandro Emanuel Tibaldo", algo que la jueza no hizo al principio, otorgándole a la obra social la duplicidad de plazos, como si fuera el propio Estado, un error imperdonable que no se aplica hace años y mucho menos en un amparo.

Lo cierto es que, la jueza, en sus disparatadas incongruencias, insiste con citar a una audiencia, sin ninguna necesidad y ante el peligro en la demora, ahora incluso, haciéndole el juego a la obra social, cita al médico Mauro Davoli, pagado por IAPOS, a exponer la inconveniencia de brindarle al pequeño la droga Emicizumab, por el grave daño que le haría su costo a las arcas de IAPOS. Dicho profesional se presenta como presidente de una Fundación de Hemofilia de Santa Fe, fantasma, que no posee ningún sitio web, ni teléfono ni domicilio.

Cuando lo correcto hubiera sido que la jueza dubitativa o inexperta, hubiera exigido la intervención urgente del Cuerpo Médico Forense, quien recibe sus dietas del Estado y no de Iapos.

Lo cierto es que el amparo “Lerati Lorena Raquel y otros c/ Instituto Autarquico Provincial de Obra Social (IAPOS) S/ amparos - habeas data", a estas alturas, ya es un escandaloso caso judicial donde la obra social maneja a piacere al Juzgado Civil Comercial y Laboral de San Justo, con ningún argumento válido que no sea otro que el costo del medicamento, en detrimento de la salud y la vida de un niño.

Consultada por NOVA, una de las profesionales defensora del niño la abogada Graciela Vizcay Gomez, manifestó que: "Es llamativo que la entrevista realizada para la Radio Eme de Santa Fe, la semana pasada, no se publicó, ni se subió el audio como lo hace siempre dicha radio. En esa entrevista manifesté que la justicia de Santa Fe me daba asco refiriéndome al amparo del niño. Asimismo, ningún medio de San Justo se interesó por la salud del bb, ni los pedidos de ayuda de la madre en las redes, desesperada vendiendo rifas para recaudar algo de dinero para el inalcanzable monto de la droga. No me asombra nada, y menos de esa zona, donde tantas veces luche por ordenanzas aún vigentes, para alejar las fumigaciones de la soja, del ejido urbano. Son feudos a contramano y en esa misma época se ha quedado la justicia, lamentablemente. Lo de la jueza Alessio es imperdonable", subrayó.

Fuente AGENCIA NOVA

jueves, 19 de mayo de 2022

IAPOS obligada a cubrir la totalidad de una droga a un paciente oncológico de San Javier


Especial de NOVA

Una vez más hubo que acudir a la Justicia para que IAPOS, la obra social de Santa Fe, entregue la droga que necesita un joven con melanoma maligno de piel.

Martín Lazzaroni vive en San Javier, tiene 37 años, es padre de tres hijos.

En 2022 se le diagnosticó “melanoma maligno de piel, un tumor primario en piel de antebrazo. Los primeros tratamientos fueron con quimioterapia, sin resultados positivos, y un nuevo estudio evidenció la progresión de la enfermedad a nivel pulmonar, hepática y cerebral.

La médica de cabecera le prescribió el tratamiento inmunológico con la droga Nivolumab/Ipilimumab, cuyo valor es imposible de afrontar por el afiliado y debe ser suministrada cada 21 días.

Ante la negativa recurrente de IAPOS, la familia realizó una interconsulta vía zoom, a Buenos Aires, con el prestigioso Instituto Alexander Fleming y allí el médico Andrés Rodríguez Romero, ratifico el mismo tratamiento.

Sin dudarlo, la familia se comunicó con el estudio jurídico de Graciela Vizcay Gómez, de Buenos Aires, quien ya había logrado una cautelar por la misma medicación para un paciente de Romang. La profesional junto a su colega de Rosario Laura Maida presentó el amparo el pasado lunes 9 de mayo, de autos “LAZZARONI, Martín Alejandro C/ IAPOS S/ AMPARO” (CUIJ 21-26170168-2); que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial, Laboral y Familia Número 20 San Javier; a cargo de la jueza Lilian Insaurralde.

Dada la gravedad del afiliado internado en el Sanatorio Garay de Santa Fe, el Juzgado dictó en tiempo récord, con habilitación de días y horas la Resolución en el día de la fecha:

“…ORDENAR a la demandada proveer al amparista, en forma regular y continuada, con una cobertura del cien por cien de su costo, los medicamentos IPILIMUMAB 3 mg/kg más NIVOLUMAB 1 mg/kg cada 21 días por 4 ciclos, seguido de NIVOLUMAB 480 mg dosis total cada 28 días, de conformidad a las guías de tratamiento NCCN y ESMO, tal como le fue indicado por la Dra. Virginia MARINA, especialista en oncóloga.”


Consultada por NOVA la profesional Vizcay Gomez sobre el tema, subrayó la categórica respuesta del Juzgado de San Javier, muy distinto al de Reconquista donde se presentó el amparo del afiliado de Romang, agradeciendo en todo momento a la jueza Insaurralde.

Asimismo, expresó, sin anestesia, sobre la lucha que viene llevando adelante contra IAPOS:

Una vez más, vencimos a la obra social. Así actúa siempre la obra social más grande de la provincia de Santa Fe, sin importarle la vida de un afiliado, ni de ninguno de los aportantes a sus arcas, que se engrosaron en la pandemia, a quienes les descuenta ilegalmente más de lo que otras obras sociales, sin la posibilidad de elegir otra cobertura. Todos los empleados del Estado santafesino son rehenes de una mafia, que es digitada por los grupos Oroño y Tita, los dueños de la salud de la provincia, ante la pasividad del gobierno provincial y los títeres del Ministerio de Salud de Santa Fe.”

Pese a que la medida es inmediata, aún a últimas horas de la tarde de este jueves 19 de mayo, la respuesta de Auditoria de IAPOS, se negaba a cumplir la cautelar ordenada, aduciendo que “la obra social debe dar la orden y estar notificada”, según lo manifestado por la médica de cabecera.-

Fuente: AGENCIA NOVA

martes, 29 de marzo de 2022

MATIAS CORREDERA: La primer cirugia


Comparto la feliz noticia de Matías, el joven de 27 años de San Nicolás, en cuyo Amparo contra la prepaga Osde, el juez ordenó la cobertura del 100% de la cirugía de ambos ojos y el costo de U$A 3500, para implantarle las lentes tóricas, en ambos ojos, traídas desde Suiza. El amparo fue presentado por el Estudio Vizcay Gómez, en autos "Corredera Matías Jesús c/OSDE s/ Amparo de salud", Expte. 7743/2021, que tramita en Juzgado Federal de San Nicolás.

Foto: primer cirugía con éxito, ojo izquierdo. La segunda cirugía será en fecha 4 de abril, el ojo derecho. Fuerza Mati! Bendiciones!!
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lunes, 31 de enero de 2022

ROMANG: Denuncian a la empresa Paraná Medio por cobrar pasajes a las personas con discapacidad

 


La doctora Graciela Vizcay Gomez, denunció públicamente a la empresa Parana Medio SRL, porque cada vez que la señora C.M.A viaja por sus tratamientos a Reconquista Santa Fe (desde Romang) o a Santa Fe ciudad, va acompañada por su hijo S.T, de 15 años, y debe pagar el pasaje a pesar de que su certificado dice que ‘viaja con acompañante’ ya que su discapacidad es artrosis deformante y esta perdiendo la visión de forma progresiva.

En este sentido, Vizcay Gomez explicó que “tanto de la Terminal de Ómnibus de Santa Fe, como la de Romang y la de Reconquista, le hacen pagar el boleto de su hijo, y que en julio de 2021 en la Terminal de Santa Fe, viajando a Romang, en la empresa Paraná Medio estando arriba del micro el chofer le rompió el boleto ya sacado, le hicieron pasar vergüenza delante de todos los pasajeros, un trato humillante y degradante, le dijeron que su hijo debía pagar su pasaje porque era menor, obligándolos a bajar del micro y a pagar en la boletería”.

Queda claro que, la CNRT -Comisión Nacional de Regulación del Transporte- informó que si el certificado dice "viaja con acompañante" el beneficio se extiende al acompañante, en cuanto si la razón es que el joven es menor de edad (15 años) tampoco es razón para tal maltrato, “ya que no necesita autorización para viajar, porque viaja con su madre, es quien la ayuda en todos los quehaceres diarios y con la medicación, y me acompaña en todos los tratamientos. Lo cual no se entiende el maltrato y la falta de información de los choferes del Paraná Medio, ya que hay muchas personas discapacitadas que sufren el mismo maltrato”.

“Que el mismo maltrato sufrió un familiar con Síndrome de Down en Santa Fe, le dijeron que no había boletos a Romang, debiendo pernoctar en la Terminal, luego de ir por un tratamiento al médico especialista. Otra joven con discapacidad de San Javier, quien viajaba a Santa Fe le negaron un asiento aduciendo que no había más pasajes pero el micro salió prácticamente vacío de la Terminal. Se suman a eso las quejas de los pasajeros que esperan el colectivo en el viejo Hospital de Reconquista o en todas las paradas por Ruta 1, donde hay paradas y el micro no para, obligando a esperar por horas el próximo micro. El servicio es pésimo y deficiente en todos los aspectos”, destacó.

Por ello, la abogada Vizcay Gomez solicitó a la empresa y a los Organismo de Discapacidad:

* Se tomen cartas sobre el tema, haciendo lugar a mi denuncia
* Se intimó a la empresa Paraná Medio SRL a cumplir con la normativa sobre Discapacidad, en sus Terminales citadas supra.
* Se me dé una respuesta por escrito de forma urgente.
* Se condene a la multa correspondiente.
* O se iniciará las acciones por discriminación, daños y perjuicios.