Carta de Bruselas
Para la creación del Tribunal Europeo e Internacional de Medio Ambiente y Salud Penal
Teniendo en cuenta el derecho humano inalienable a un medio ambiente saludable y el riesgo de que el nivel actual de pérdida de biodiversidad puede ser irreversible.
Nosotros, los partidos que inician reconocer y subrayar los principios y contenidos de todas las resoluciones internacionales y Declaraciones internacionales desde la Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente, aprobada en Estocolmo el 16 de junio de 1972;
Reconocer que los problemas van más allá de las fronteras y deben ser abordados a nivel supranacional;
Afirmar que la cuestión del uso excesivo de recursos implica daño o incluso la destrucción de los ecosistemas cuyo funcionamiento permite el mantenimiento y el desarrollo de la vida, para que esto se demuestra por la extinción de numerosas especies vegetales y animales; que la salud humana se pone en riesgo a través del uso de productos tóxicos y, en particular, disruptores endocrinos y carcinógenos, mutágenos y tóxicos para la reproducción;
Observe que varias iniciativas han adoptado un enfoque constitucional a la preservación de la vida (por ejemplo, la nueva Carta Constitucional de Ecuador, la Conferencia Mundial de los Pueblos Sobre el Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra - Cochabamba, la Carta de las Medio Ambiente en Francia);
Subraya la necesidad urgente de una acción; Tenga en cuenta que esta perspectiva requiere el estudio y la evaluación de, los datos económicos y político-histórico, antropológico, cultural, científica relacionada con la salud;
Consideremos, pues, que estos datos tiene que ser traducido a la ley, a fin de permitir la preservación del medio ambiente por medio de sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias, de hecho, ciertas elecciones y decisiones, tomadas con pleno conocimiento de los riesgos, puede resultar en corto dramático y las consecuencias a largo plazo de los recursos, la naturaleza y los seres humanos, que por lo tanto es importante garantizar el acceso efectivo a la justicia;
Tome en cuenta que existen numerosas iniciativas de diversos tipos de hoy, llevado a cabo por separado o con el apoyo de otras organizaciones, que todos perseguimos un objetivo común a través de diferentes métodos, pero complementarias, que pueden ser aplicados más o menos rápidamente; las herramientas y soluciones más adecuadas debe se encuentra a actuar juntos para poner en práctica lo que se puede hacer de inmediato y coordinar los esfuerzos para lograr el mejor resultado posible para cada iniciativa.
Nosotros, por lo tanto, hemos decidido unirnos para emitir la siguiente declaración:
Inmediatamente, las organizaciones firmantes apoyarán todas las iniciativas, actualmente existentes o en preparación, que permite que la sociedad civil para aprovechar y el juez, al menos moralmente, a los responsables de los delitos ambientales y los delitos que atentan contra los recursos naturales mundiales y la salud humana, por ejemplo, la Corte Internacional de la conciencia de los crímenes contra la naturaleza y el medio ambiente, o el Tribunal de los Pueblos;
Un segundo paso histórico podía ser tomada por la creación de un tribunal penal EUROPEA DEL MEDIO AMBIENTE Y LA SALUD; tras el 10 de julio la audiencia de 2010 del Prof. Abrami, el Presidente de la Academia Internacional de Ciencias y Medio Ambiente, ante la Comisión del Parlamento Europeo para el Medio Ambiente, en la que un informe encargado por el departamento de política de "derechos de los ciudadanos y los asuntos constitucionales" de la DG de las políticas internas del Parlamento Europeo se pronunció que: "La creación de una Sala especializada de la Corte Europea de Justicia, o de un tribunal especializado adjunto al el Tribunal de Primera Instancia, con jurisdicción sobre casos ambientales, podría ser un objetivo realista a medio plazo ", el FME-ILE ha apoyado la iniciativa, que podría dar lugar a una modificación del estatuto de la Corte Europea de Justicia, el reconocimiento de la necesidad de sanciones penales por delitos ambientales (Directiva 2008/99/CE) y la creación de un fiscal europeo de antecedentes penales podrían ser vistos como los primeros pasos en esta dirección; reforzar las sanciones y reconociendo el delito de ecocidio a lo solicitado por el movimiento ciudadano End Ecocide en Europa también forman parte de este proceso;
UNA CORTE PENAL INTERNACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE Y LA SALUD es el objetivo final. Para lograr esto, una revisión de los estatutos de la Corte Penal Internacional (Art. 121, 122 y 123) es posible, mediante la introducción de una catástrofe ambiental como uno de los Crímenes contra la Humanidad, lo que permite el procesamiento de los responsables que actuaron con intención. Este crimen de una catástrofe ambiental facilitaría una protección internacional efectiva de los ecosistemas, en el espíritu de los precedentes del derecho civil establecidas por la Corte Internacional de Justicia (el caso del Camino, el caso del Canal de Corfú), del que se deriva el estado de derecho internacional consuetudinario, según el cual los Estados tienen "la responsabilidad de garantizar que las actividades bajo su jurisdicción o bajo su control no causen daños al medio ambiente de otros Estados o de zonas situadas fuera de toda jurisdicción nacional", confirmados por el Principio 21 de la Declaración de Estocolmo de 1972 y el Principio 2 de la Conferencia de Río de Janeiro 1992;
Las partes firmantes del mismo modo siguen con interés, y algunos de ellos apoyan la creación de un nuevo delito llamado "ecocidio" como quinto crimen contra la paz.
Por lo tanto, las partes invitan a otras organizaciones interesadas para apoyar la solicitud de crear una Corte Penal Europea del Medio Ambiente y Salud, sobre la base de los principios de sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias elaborados por la UE;
Invitar a las organizaciones interesadas y la sociedad civil global en general para apoyar la solicitud de crear una Corte Penal Internacional del Medio Ambiente de Medio Ambiente y la Salud mediante el desarrollo de las competencias actuales de la Corte Penal Internacional (CPI) a través de los procedimientos legales previstos en el Tratado (revisión y enmiendas ) y mediante la inclusión de una catástrofe ambiental como un nuevo delito específico;
En consecuencia, pida al Secretario General de la ONU a adoptar todas las medidas necesarias con el fin de:
Emergencias ambientales del Catálogo Planeta Tierra, con especial atención a la prot
Puesto en marcha las acciones necesarias para la creación de una Corte Penal Internacional del Medio Ambiente y la Salud, y de sanciones efectivas contra la vulneración ambientales que han causado daños a las personas y los ecosistemas;
Invitar a las organizaciones interesadas y la sociedad civil para apoyar una iniciativa llamada para el reconocimiento por la ONU y los Estados de "el que contamina paga" como un principio jurídico de valor universal respaldado por sanciones, para restaurar el daño ecológico, para introducir la protección jurídica y jurisdiccional de bienes por los recursos en un espíritu de multilateralismo efectivo y solidaridad;
Decidir, en todo caso, a organizarse en una plataforma común con el fin de perseguir y precisar este objetivo común.
Auspician:
Accademia di Scienze Ambientali (IAES)-SEJF Foundation (Supranational Environmental Justice Foundation) -Tribunal dela Nature -End Ecocide in Europe -Fondazione Lelio&Lisle Issoco -Selvas.og y otros
Para la creación del Tribunal Europeo e Internacional de Medio Ambiente y Salud Penal
Teniendo en cuenta el derecho humano inalienable a un medio ambiente saludable y el riesgo de que el nivel actual de pérdida de biodiversidad puede ser irreversible.
Nosotros, los partidos que inician reconocer y subrayar los principios y contenidos de todas las resoluciones internacionales y Declaraciones internacionales desde la Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente, aprobada en Estocolmo el 16 de junio de 1972;
Reconocer que los problemas van más allá de las fronteras y deben ser abordados a nivel supranacional;
Afirmar que la cuestión del uso excesivo de recursos implica daño o incluso la destrucción de los ecosistemas cuyo funcionamiento permite el mantenimiento y el desarrollo de la vida, para que esto se demuestra por la extinción de numerosas especies vegetales y animales; que la salud humana se pone en riesgo a través del uso de productos tóxicos y, en particular, disruptores endocrinos y carcinógenos, mutágenos y tóxicos para la reproducción;
Observe que varias iniciativas han adoptado un enfoque constitucional a la preservación de la vida (por ejemplo, la nueva Carta Constitucional de Ecuador, la Conferencia Mundial de los Pueblos Sobre el Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra - Cochabamba, la Carta de las Medio Ambiente en Francia);
Subraya la necesidad urgente de una acción; Tenga en cuenta que esta perspectiva requiere el estudio y la evaluación de, los datos económicos y político-histórico, antropológico, cultural, científica relacionada con la salud;
Consideremos, pues, que estos datos tiene que ser traducido a la ley, a fin de permitir la preservación del medio ambiente por medio de sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias, de hecho, ciertas elecciones y decisiones, tomadas con pleno conocimiento de los riesgos, puede resultar en corto dramático y las consecuencias a largo plazo de los recursos, la naturaleza y los seres humanos, que por lo tanto es importante garantizar el acceso efectivo a la justicia;
Tome en cuenta que existen numerosas iniciativas de diversos tipos de hoy, llevado a cabo por separado o con el apoyo de otras organizaciones, que todos perseguimos un objetivo común a través de diferentes métodos, pero complementarias, que pueden ser aplicados más o menos rápidamente; las herramientas y soluciones más adecuadas debe se encuentra a actuar juntos para poner en práctica lo que se puede hacer de inmediato y coordinar los esfuerzos para lograr el mejor resultado posible para cada iniciativa.
Nosotros, por lo tanto, hemos decidido unirnos para emitir la siguiente declaración:
Inmediatamente, las organizaciones firmantes apoyarán todas las iniciativas, actualmente existentes o en preparación, que permite que la sociedad civil para aprovechar y el juez, al menos moralmente, a los responsables de los delitos ambientales y los delitos que atentan contra los recursos naturales mundiales y la salud humana, por ejemplo, la Corte Internacional de la conciencia de los crímenes contra la naturaleza y el medio ambiente, o el Tribunal de los Pueblos;
Un segundo paso histórico podía ser tomada por la creación de un tribunal penal EUROPEA DEL MEDIO AMBIENTE Y LA SALUD; tras el 10 de julio la audiencia de 2010 del Prof. Abrami, el Presidente de la Academia Internacional de Ciencias y Medio Ambiente, ante la Comisión del Parlamento Europeo para el Medio Ambiente, en la que un informe encargado por el departamento de política de "derechos de los ciudadanos y los asuntos constitucionales" de la DG de las políticas internas del Parlamento Europeo se pronunció que: "La creación de una Sala especializada de la Corte Europea de Justicia, o de un tribunal especializado adjunto al el Tribunal de Primera Instancia, con jurisdicción sobre casos ambientales, podría ser un objetivo realista a medio plazo ", el FME-ILE ha apoyado la iniciativa, que podría dar lugar a una modificación del estatuto de la Corte Europea de Justicia, el reconocimiento de la necesidad de sanciones penales por delitos ambientales (Directiva 2008/99/CE) y la creación de un fiscal europeo de antecedentes penales podrían ser vistos como los primeros pasos en esta dirección; reforzar las sanciones y reconociendo el delito de ecocidio a lo solicitado por el movimiento ciudadano End Ecocide en Europa también forman parte de este proceso;
UNA CORTE PENAL INTERNACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE Y LA SALUD es el objetivo final. Para lograr esto, una revisión de los estatutos de la Corte Penal Internacional (Art. 121, 122 y 123) es posible, mediante la introducción de una catástrofe ambiental como uno de los Crímenes contra la Humanidad, lo que permite el procesamiento de los responsables que actuaron con intención. Este crimen de una catástrofe ambiental facilitaría una protección internacional efectiva de los ecosistemas, en el espíritu de los precedentes del derecho civil establecidas por la Corte Internacional de Justicia (el caso del Camino, el caso del Canal de Corfú), del que se deriva el estado de derecho internacional consuetudinario, según el cual los Estados tienen "la responsabilidad de garantizar que las actividades bajo su jurisdicción o bajo su control no causen daños al medio ambiente de otros Estados o de zonas situadas fuera de toda jurisdicción nacional", confirmados por el Principio 21 de la Declaración de Estocolmo de 1972 y el Principio 2 de la Conferencia de Río de Janeiro 1992;
Las partes firmantes del mismo modo siguen con interés, y algunos de ellos apoyan la creación de un nuevo delito llamado "ecocidio" como quinto crimen contra la paz.
Por lo tanto, las partes invitan a otras organizaciones interesadas para apoyar la solicitud de crear una Corte Penal Europea del Medio Ambiente y Salud, sobre la base de los principios de sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias elaborados por la UE;
Invitar a las organizaciones interesadas y la sociedad civil global en general para apoyar la solicitud de crear una Corte Penal Internacional del Medio Ambiente de Medio Ambiente y la Salud mediante el desarrollo de las competencias actuales de la Corte Penal Internacional (CPI) a través de los procedimientos legales previstos en el Tratado (revisión y enmiendas ) y mediante la inclusión de una catástrofe ambiental como un nuevo delito específico;
En consecuencia, pida al Secretario General de la ONU a adoptar todas las medidas necesarias con el fin de:
Emergencias ambientales del Catálogo Planeta Tierra, con especial atención a la prot
Puesto en marcha las acciones necesarias para la creación de una Corte Penal Internacional del Medio Ambiente y la Salud, y de sanciones efectivas contra la vulneración ambientales que han causado daños a las personas y los ecosistemas;
Invitar a las organizaciones interesadas y la sociedad civil para apoyar una iniciativa llamada para el reconocimiento por la ONU y los Estados de "el que contamina paga" como un principio jurídico de valor universal respaldado por sanciones, para restaurar el daño ecológico, para introducir la protección jurídica y jurisdiccional de bienes por los recursos en un espíritu de multilateralismo efectivo y solidaridad;
Decidir, en todo caso, a organizarse en una plataforma común con el fin de perseguir y precisar este objetivo común.
Auspician:
Accademia di Scienze Ambientali (IAES)-SEJF Foundation (Supranational Environmental Justice Foundation) -Tribunal dela Nature -End Ecocide in Europe -Fondazione Lelio&Lisle Issoco -Selvas.og y otros
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