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jueves, 5 de marzo de 2015

Agrotóxicos: Se amplió la denuncia por la fumigación de Campo Hardy


Jueves 5 de marzo de 2015

Luego de la denuncia recibida en febrero, la Unidad Federal de Delitos Ambientales (UFIMA) abrió la actuación judicial Expediente N° 1610/15, caratulada "Investigación preliminar por Av. inf. Ley 24.051 por aplicaciones de agroquímicos en Campo Hardy, comuna de Florencia, departamento de Gral. Obligado, provincia de Santa Fé" y ahora la abogada Graciela Vizcay Gomez amplió la denuncia aportando más pruebas.

Luego de una publicación del portal Paralelo28, donde el imputado, el ingeniero agrónomo Fernando D. Zanier desmiente los hechos en una nota consensuada con el medio, que jamás publicó a los afectados como tampoco lo hicieron los medios de Reconquista y zona, ciudad de la sede del Colegio de Ingenieros Agrónomos Circuncripción 3 que preside Walter Edgardo Pucciarello, y el denunciado Octavio Augusto Muchiut, de "Agrosurco Soluciones", miembro del Tribunal de ética Colegio y de la Asociación para la Promoción de la Producción Algodonera de Santa Fe (APPA).

Sin embargo esos medios reconquistenses tienen en primera plana el paro decretado por las entidades agrarias, que supuestamente esponsorean muy bien, en el norte santafesino.

Los afectados por la fumigación en Campo Hardy, manifestaron indignados, que la causa vergonzosamente fue caratulada como "Lesiones Leves y Daños" y tiene un único imputado a Fernando D. Zanier, dueño de Agronorte Servicios Agropecuarios de Las Toscas, asesor de la Desmotadora Romelio Snaider de esa misma ciudad, cuando en una de las cuatro denuncias realizadas ante la Fiscalía de Las Toscas se acusa también a  Octavio Muchiut.

Con las pruebas aportadas y los certificados médicos de los Dres Leonardo Benitez, Rodolfo Locatelli y Domingo Saucedo, los denunciantes desmienten en forma categórica al ing.agrón. Fernando Zanier y al medio “Paralelo28.

Por esa denuncia la Diputada Aliza Damiani elevó un Pedido de Informes en la Cámara de Diputados sin ninguna respuesta hasta el momento, ni tampoco vistas de tratamiento a su proyecto de Ley sobre fumigaciones en escuelas rurales, lo mismo que sucede con la reforma de la Ley 11.273 que los ediles de ambas cámaras, se niegan a tratar año tras año, y por lo que fueron acusados por los ambientalistas de ser “todos sojeros”.

La ampliación es en relación a la responsabilidad que les pudiera caber al Presidente Comunal Rubén Carlos Quain, al Colegio de Ingenieros Agrónomos (Ciasfe 3) de Reconquista y al PEN de la Provincia de Santa Fe.

La Ufima deberá investigar la presunta comisión de los delitos previstos en los arts. 200, 201 Bis, 203, y 207 (Delitos contra la Salud Pública) del Código Penal y sobre la omisión y/o connivencia del intendente de Florencia, quien debe exigir copia de la Receta agronómica antes de cada fumigación y archivarla en la Municipalidad; a Sanidad Vegetal organismo dependiente de la Secretaria de Medio Ambiente provincial se le acusa también de flagrante violación de los art 33, 34 y 54 de la Ley provincial 11.273 de Agrotóxicos , y del art 55 de la Ley Nacional 24.051 de Residuos Peligrosos.

Asimismo se denuncia por presunta "Falsedad ideológica" en la confección de la receta por el ingeniero agrónomo Fernando Zanier, la que se habría realizado después de las denuncias, 15 días posteriores al momento de la fumigación del 23 de enero pasado, donde autoriza la aplicación del agrotóxico “a 2km de los poblados” sin embargo se aplicó el producto prohibido Clase A (actual clasificación: Ib) banda roja, muy peligroso, (lambdacialotrina, incecticida) directamente sobre los patios de las casas, sobre la gente.

Y agrega la abogada en el escrito que : -“No se respeta la Constitución Provincial, las leyes provinciales Nº 11.717 de Medio Ambiente y N° 10.552 sobre conservación y manejo de los suelos. La Secretaría de Medio Ambiente es un órgano estéril, irresponsable y vergonzosamente cómplice de todos estos delitos.La connivencia está en cada organismo de contralor, partiendo de los municipios o comunas, a quienes se delega la responsabilidad, incluído el Poder Judicial que no aplica las Leyes como corresponde y jamás actúan de oficio.”

Entre las cuatro denuncias realizadas en la Fiscalía de Las Toscas, Unidad Fiscal Distrito N°17, se acusa como partícipe a Octavio Muchiut, denunciado también por Autoconvocados de La Criolla quienes aportaron fotos de su camioneta con bidones de agrotóxicos dentro del ejido urbano de La Criolla y estacionada durante varias horas en pleno centro de la localidad, sin respetar el Código Internacional de Conducta de la FAO, que dice aplicarse en la Ley provincial y su Decreto reglamentario. Esta conducta es recurrente en toda la provincia, cuando se transportan los bidones de veneno en cabina abiertas de las camionetas, a la interperie y sin estar sujetos a nada, propiciando su derrame y contaminación del ambiente.

La sanción que establece el decreto reglamentario N°552/97 de la ley 11.273 sería aplicable a este caso, como "un agravante", porque se aplicó una sustancia en una zona prohibida, y corresponde la inhabilitación del ingeniero agrónomo. Por lo que se espera la sanción de parte del CIASFE 3, que no tiene ningún antecedente, ni de investigación, ni de sumario administrativo alguno, a ningún colegiado, por lo que se infiere que, ni controla, ni aplica la Ley y su decreto reglamentario, y que su Tribunal de Ética es un órgano inoperante.

Por eso la abogada cita también al PEN:  -“La provincia de Santa Fe no fiscaliza, ni siquiera hay antecedentes de aplicación de las multas irrisorias contempladas en la ley de agrotóxicos, jamás aplicó la Ley 11.273 , ni su artículo 37 y 38, no hay ningun antecedente de que algún organismo de aplicación estimare "desaconsejable el empleo de determinados agroquímicos por su alta toxicidad, prolongado efecto residual y/o por otra causa que hiciere peligroso su uso, gestionará ante la Secretaría de Estado de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación su exclusión de la nómina de productos autorizados, sin perjuicio de adoptar -en forma inmediata- las medidas necesarias para el resguardo y preservación del medio ambiente, flora, fauna, personas o bienes", manifiesta en otro párrafo Vizcay Gomez.

-“Tampoco aplica, redacta ni revisa en forma periódica el listado de las sustancias químicas. Eso se llama connivencia, complicidad e incumplimiento de deberes como funcionarios públicos que son.” concluye.-

Fuente y foto: Agencia Nova

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