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viernes, 3 de junio de 2011

FUMIGANDO BAJO LA NIEBLA

Escrito por Dra Graciela Gomez

Sábado 4 de mayo de 2011


Jose Edgardo Milesi  y su esposa Silvina Picchioni eligieron vivir en la quietud y el verde del campo de Mercedes Buenos Aires y allí ver crecer a su hijo Juan Estanislao que nació el 10 de julio de 2006 sano y por cesárea Hoy con cuatro añitos la cabeza de “Tani” recuperó su cabello perdido en la quimioterapia, su mirada pícara y la presteza de sus manitos manejando la computadora es deslumbrante.

El pequeño Hotel “El Tizón” estilo hospedaje de campo, el medio de subsistencia es un emprendimiento familiar que también es su vivienda. Se encuentra cerca de la Reserva Arroyo Balta, una reserva natural cuyo arroyo desemboca en el Rió Lujan y a la que se ingresa por Ruta 5 a la altura del  Peaje Olivera.

El Hotel tiene su ingreso pegado a las vías ,en el Km 84 ½ del Ferrocarril Domingo  F.Sarmiento, Cuartel 11 , Partido de Mercedes, en el Paraje El Tizón y de allí deriva  su nombre. Está rodeado de cuatro campos de los que solo los separa la alambrada , donde se siembra soja y solo en uno de ellos maíz. Casi todos están arrendados por productores contratistas. En el medio la familia respira veneno en épocas de siembra.

A fines de febrero del año 2008 Jose,  “Pepe” para sus amigos, cuenta que estaba en la cocina y escucha pasar una avioneta arriba de la casa . Sale porque Estanislao estaba parado al lado de la pileta de natación y lo hace entrar a la casa rápidamente . La avioneta vuelve a cruzar sobre la casa y fumiga - “A mi me mojó como una lluvia, completamente, me empezó a arder la garganta  y me quité la remera. El olor al plaguicida era insoportable “ cuenta José.
A los pocos meses en agosto del mismo año Estanislao comienza a tener síntomas de la enfermedad. El año siguiente en enero de 2009 , a solo 11 meses del hecho el menor es diagnosticado con leucemia linfoplástica aguda en el Garrahan, estando al borde de la muerte y con sesiones de quimioterapia Estanislao estuvo ocho meses internado desde el 19 de enero de 2009 al 29 de septiembre de 2009.

Una segunda fumigación se realiza sobre la casa de la familia, por lo que el padre del niño sale con  su escopeta a repetición  y dispara al aire, para alejar a la avioneta. Por tal motivo los dueños del campo fueron horas más tardes a su casa a pedirle explicaciones. “Yo se que no es correcto lo que hice , pero mi indignación y ver a mi hijo en ése estado me enfureció.Todo lo que pueda hacer para evitarle un mal mayor lo voy a hacer” expresó .
Días después las fumigaciones continuaron pero solo con el “mosquito” fumigador, la casa está en reparaciones y el albañil tuvo que dejar de trabajar por los síntomas de intoxicación y dolor de garganta que el veneno le produjo”.Se huele como si estuviera al lado”, dijo. Hoy la enfermedad de Tani está estable y los controles en el Garrahan se realizan una vez al mes.

Varios estudios han vinculado la leucemia a los plaguicidas:

Un de ellos sobre casos de leucemia infantil en Shanghai encontró un aumento de más de tres veces  el riesgo para los niños cuyas madres fueron expuestas a los pesticidas en el trabajo. Igualmente en  EEUU el riesgo de leucemia  se incrementó cuando uno de los padres fue expuesto a los pesticidas o cuando el niño estuvo expuesto a los pesticidas después de su nacimiento . De igual modo un pequeño estudio realizado en los Países Bajos informó un aumento del riesgo de leucemia en los niños que estuvieron expuestos a los plaguicidas directamente  o cuyos padres fueron expuestos en el trabajo.La investigación realizada por Michelle C.Turner, Donald T.Wigle y  Daniel Krewski del Centro McLaughlin para la Evaluación de Riesgos en Salud Poblacional en el Instituto de Salud de la Población de la Universidad de Ottawa cuyo título es “Pesticidas y  leucemia en la Infancia, revisión sistemática y meta –análisis”  es una revisión sistemática que revela una asociación positiva entre la exposición a plaguicidas con la  leucemia durante el embarazo y la niñez, con las asociaciones más fuertes observadas para los insecticidas”
Los plaguicidas son frecuentes en el medio ambiente y puede ser fácilmente absorbido por la piel o a través de la respiración. Estudios previos, incluso en las zonas agrícolas donde los productos químicos  se utilizan con frecuencia, han indicado una relación entre los pesticidas y el cáncer en niños.

En febrero de 2010 en el Honorable Consejo Deliberante de Mercedes fue presentado un  proyecto del interbloque del Acuerdo Cívico y Social, relacionado con la fumigación en los predios ferroviarios del ex Sarmiento entre los tramos de Mercedes y Jáuregui, exigiendo a TBA que “deje de usar glifosato en las vías”. La discusión explotó cuando el concejal del bloque Unión Pro, Carlos Aristi quien a su vez es presidente de la Sociedad Rural Regional de Mercedes expresó  que “el glifosato se consume en la Argentina más que el agua” y que el “matayuyo” es algo común para desmalezar, por lo que el proyecto presentado carecía de fundamento, dando un pantallazo a los mercedinos de cómo sus representantes abogan por la salud de todos los habitantes.

La Constitución de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 28 infine, expresa que “Toda persona física o jurídica cuya acción u omisión pueda degradar el ambiente está obligada a tomar todas las precauciones para evitarlo” asimismo  “Los habitantes de la Provincia tienen el derecho a gozar de un ambiente sano y el deber de conservarlo y protegerlo” concordando con nuestra Carta Magna en su artículo 41. La ordenanza sobre agroquímicos en Mercedes no existe según la familia y tampoco en  la web del municipio , en contraste con un link donde se puede realizar una denuncia ambiental . Todo ello contrariando la Resolución N° 267/96 de Biodiversidad Específica Bonaerense cuyo artículo 2 insta a promover “ el intercambio de información, alentando la concertación de acuerdos con otros organismos provinciales, nacionales, municipales e internacionales y sectores no gubernamentales, fortaleciendo las relaciones institucionales a efectos de contribuir a una mejor calidad de vida en la población” algo de lo que debería ocuparse el Honorable Consejo Deliberante, sin embargo miembros del Senasa dictaron charlas de “buenas prácticas” en abril pasado aún cuando el municipio no legisla sobre el tema.
La Ley provincial N° 11.723 del medio ambiente garantiza en su artículo 2 “a todos sus habitantes los siguientes derechos:
(inc.a): A gozar de un ambiente sano, adecuado para el desarrollo armónico de la persona.(inc. d): A solicitar a las autoridades de adopción de medidas tendientes al logro del objeto de la presente ley, y a denunciar el incumplimiento de la misma.
Todo es letra muerta ,como en cada provincia donde el poder productivista tiene más garantía  que el derecho a la salud.

Se discute estos días sobre el proyecto de reforma del Decreto N° 499/2001 reglamentario de la Ley de Agroquímicos N° 10.699 donde no hay concenso y ya algunos sectores como  la Mesa Provincial de Organizaciones de Productores Familiares y la Facultad de Agronomía de la Universidad Nacional de Mar del Plata, se apartaron  del debate donde solo parecen tener voz las organizaciones agrarias . El Ministro Asuntos Agrarios Ariel Franetovich sostuvo en los medios que los cambios en la legislación “cumplen con el mandato del Gobernador de alcanzar una normativa que pueda conciliar la mayor productividad posible con el cuidado del medio ambiente y la salud” Esa conciliación se daría fumigando a 300 mts de las casas queriendo poner una franja que la ley no contempla para las fumigaciones terrestres y si para las aéreas .El artículo  38 del decreto impone una “distancia no menor de 2 Km. de centros poblados, no pudiendo sobrevolarlos aun después de haber agotado su carga” y donde existan colmenares ubicados a una distancia menor de 3.000 m. de cualquiera de los límites del lote a tratar,  en forma aérea o terrestre, deberán comunicarlo 36 horas antes ,según artículo 19.
En los tribunales mercedinos el tema que nos ocupa tampoco tiene buenos antecedentes,
Una  decisión judicial que fue tildada de “burda e irrazonable y de  no ser producto de la sana crítica soslayando todos los preceptos de la legislación ambiental”.Me refiero al fallo 0 “Monsalvo Cristina y Fernández Víctor, otros c/ Delaunay Alfredo s/ amparo” cuya  jueza María Teresa Bomaggio permite dispersar agroquímicos en terrenos linderos a una familia  en la localidad de Alberti. El INTA Mercedes lo avaló y el  Servicio de Toxicología en La Plata lo desaconsejó lo que llevó a que el amparo fuera apelado.
La jueza siguió las mismas pautas del Juzgado de Distrito de la Sexta Nominacion de Rosario,  Néstor Osvaldo Garcia en el amparo "Bravo Maria Celeste c/ Comuna de Ibarlucea y otros"sin importarle niños y adultos expuestos.
Es decisión de la Corte Suprema  para los amparos ambientales que una de las pautas es “evitar el rigor de las formas pueda conducir a la frustación de derechos que cuentan con la tutela de orden constitucional”.

Tampoco estos jueces parecen tener en claro el micro-bien del macro-bien que postula  Antonio Benjamin , en conclusión:  pobreza de iura novit curia,  donde lo que si abunda es la legitimación del juez para fallar de forma discrecional violando la garantía del debido proceso y derechos que  la Constitución Nacional llama a resguardar.
En el caso de la familia Milesi  cuya vivienda se encuentre o no en  zona demarcada como rural, juega el principio  alterum non laedere  (no dañar a otros) es una de las tres reglas de Ulpiano, en la que se apoya parte de la doctrina que  postula la naturaleza del daño físico del daño ambiental :  “No de manera excluyente, sino acumulativa, no sólo por la materialidad del objeto a preservar, sino también porque toda agresión ambiental importa una disvaliosa modificación material del patrimonio, un menoscabo en las poten­cialidades humanas (…) disminución de la aptitud vital genérica de la víctima existente o potencial”. “En el daño ambiental hay mucho de sutil, de inasible, de cambiantede un momento a otro en la relación de los elementos físicos con las personas y cosas, como para limitarnos a una tosca y rutinaria aplicación de los elementos jurídicos (…) Si alguna vez se ha dicho que el juez, esculpe sobre la niebla, es en esta materia del daño ambiental donde más se ha de evidenciar su espíritu sagaz y sensible, diestro para captar una distinta realidad”. (fallo “Pinini de Perez María del Carmen c/ Copetro S.A”  C.C. y C. La Plata, Sala 2da, sentencia 27-4-93).

Ambos jueces no esculpen, tienen la niebla en la retina lo cual les impide ver una realidad que ya no puede ocultarse.-

Fotos: (1) Pepe y su hijo Estanislao  (2) Dra Gomez y Estanislao.

4 comentarios:

Luz dijo...

Muy interesante la nota. Lamento lo que le sucede a esta familia, y a tantas otras; quizás algún día sea más importante la salud de muchos que la rentabilidad de unos pocos! Soy seguidora de tu blog desde hace un tiempo, pero a veces, cuando quiero ingresar tengo bastantes dificultades y no puedo hacerlo. No quiero ser mal pensada, pero sospecho algún boicot. Puede ser?
Mis felicitaciones por tu trabajo, que hace que muchos tomemos conciencia de la importancia de lo que está en juego. Saludos!

Zero Biocidas dijo...

ES VERDAD LUZ.LOS QUE SE RASGAN LAS VESTIDURAS EN FACE ME ELIMINAN LOS POST "PORQUE LOS COMPROMETO" HACEN ECOLOGÍA DE LA BOCA PARA AFUERA, COBARDES COMO TODA LA PRENSA MERCENARIA.

Aitor Rodriguez dijo...

Que penosa situación la de la familia y la de los rajaos de boca. Que circulen libres todos mis links antitoxicos, anticapitalistas, etc.

Nicolás dijo...

Muy lamentable lo sucedido.

Valoro mucho su trabajo Dra. Gomez, la aliento a que lo siga haciendo.

Saludos

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Denuncian uso de agroquímicos a metros de escuelas rurales en Santa Fe

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