13 de marzo de 2016
Crece la indignación contra el Ing.Agrónomo de la Municipalidad, Adolfo Caamaño, luego de hacerse pública la petición que lleva su firma, pidiendo autorización al intendente de Ramallo, para fumigar de forma aérea los sembradíos, violando toda la normativa provincial "por excepción".
La doctora Graciela Cristina Vizcay Gomez (ver foto de portada junto al por entonces concejal Poletti que la presentaba) fue invitada por el Concejo Deliberante a disertar el jueves 30 de octubre de 2014 en el salón del Centro de Comercio e Industria de Ramallo en la sexta audiencia pública que se realizó cuando Poletti presidía como concejal la comisión de salud y medioambiente y se llevaron adelante audiencias abiertas constituyendo un claro ejemplo de democracia participativa para luego dar paso a una nueva ordenanza que regulara los agrotóxicos en el partido de Ramallo.
Vizcay Gomez tiene un reconocimiento mundial por su militancia y compromiso en defensa de la salud. Abogada, escribana, periodista, ha participado en diferentes trabajos a nivel nacional e internacional y es una voz autorizada para preguntarle sobre la decisión del actual Gobierno local de haber confirmado al ingeniero Adolfo Caamaño como controlador de dicha norma. Lo que sigue es la entrevista con la profesional que es contundente al afirmar: “Caamaño en la Municipalidad es un claro ejemplo de ‘Conflicto de Intereses’, que tipifica claramente la Ley N˚ 25.188 Ética en el ejercicio de la Función Pública, art 13 inc.a) y que es incompatible con la función pública. Además este caso es de “Competencia Funcional Directa”, quiero decir que, en orden a la prevención de conflictos de intereses, comprende situaciones en las que una persona, en su carácter de funcionario público, tiene control y poder de decisión sobre cuestiones que alcanzan a entidades privadas a las que se encuentra vinculado, y Caamaño es el claro ejemplo de ello. Contemplado en el Decreto Nº 41/1999 Código de Ética de la función Pública, art. 41 y 42. Por lo que debería renunciar ya, o el intendente exigirle su renuncia”.
Entrevista:
- Graciela Vizcay Gomez usted ha sido una de las invitadas a disertar en las audiencias públicas que se hicieron en Ramallo por una ley que regule las fumigacones, se la ha convocado por su experiencia, trabajo, y dedicación plena que es parte de su vida, con respecto a los daños que producen los agrotóxicos utilizados en las fumigaciones. En aquella exposición usted se tomó el trabajo de responderle a quien por ese entonces decía entre otras cosas que se "debía profesionalizar el debate", que era el ingeniero Adolfo Caamaño que criticaba las audiencias públicas que hicieron posible una nueva ordenanza de regulación de fumigaciones es contradictoriamente quien controla cómo se llevan en la práctica las fumigaciones, puesto por el intendente Santalla en su momento y confirmado en ese lugar por el Gobierno actual. ¿Qué opinión le merece?
Que es inaudito. Dias atrás el 3 de marzo este sujeto impresentable, dirigió una nota al Intendente Mauro Poletti, exigiéndole se le autorice a realizar aplicación aérea de forma urgente, en sembradíos aduciendo que es la única forma de atacar las plagas, violando leyes, y ante la falta de regulación municipal, hacer la vista gorda ante la supuesta necesidad que afecta bolsillos de unos pocos nuevos ricos en detrimento del fin común, el de todo los ciudadanos. Espero que el intendente no haya aurorizado tal atrevimiento. Este personaje cuestionado por mucha gente de ésa ciudad, solo ocupa ése lugar para beneficio de unos pocos que lo han sentado allí, para tejer cada movimiento o intento de nuevas ordenanzas que los perjudique. Esa es su única función, por cuanto Poletti debería apartarlo de su cargo. Creo que Poletti es capaz de ver y corregir lo que vemos desde afuera, no escapa a su conocimiento. El caso del Ingeniero agrónomo Caamaño en la Municipalidad es un claro ejemplo de "Conflicto de Intereses", que tipifica claramente en la Ley N˚ 25.188 Ética en el ejercicio de la Función Pública, art 13 inc.a) y que es incompatible con la función pública. Además este caso es de “Competencia Funcional Directa”, quiero decir que, en orden a la prevención de conflictos de intereses, comprende situaciones en las que una persona, en su carácter de funcionario público, tiene control y poder de decisión sobre cuestiones que alcanzan a entidades privadas a las que se encuentra vinculado, y Caamaño es el claro ejemplo de ello. Contemplado en el Decreto Nº 41/1999 Código de Ética de la función Pública, art. 41 y 42. Por lo que debería renunciar ya, o el Intendente exigirle su renuncia. Esto es lo que todos los ciudadanos deben hacer cumplir, en todos los municipios del país. Dejar de callar, la ley está para cumplirse y los funcionarios deben dar el ejemplo.
Repito lo que dije en mi disertación "hay que profesionalizar la gestión del municipio, y ese sujeto dista mucho de estar a la altura de poder decidir nada, y menos permitirle que envenene a la gente, aconsejado por otros envenenadores".
- ¿A quién se debería designar para que las prácticas que se realizan en los campos con la manipulación de los agrotóxicos no dañen a los demás ciudadanas y ciudadanos que viven cerca de los mismos, sea alguien que en verdad le interese la defansa de la salud de la población? ya que sabemos que los ingenieros agrónomos que son los que habitualmente se designan tienen intereses mezclados y posición fijada por los intereses económicos que los llevan a estar en defensa de los agrotóxicos que ellos mismos comercializan o reciben dádivas de las distintas empresas para recomendar a los productores tal o cual marca.
Así es, ningún ingeniero agrónomo puede cumplir ésa función, en todo caso debe ser un área donde las decisiones las tomen en conjunto con un médico, un Ingeniero Ambiental o un Licenciado en Higiene y Seguridad y dejar de darles esos puestos a ingenieros agrónomos. No están capacitados para el tema de sinergias, ni sobre intoxicaciones, ni siquiera pueden asegurar la seguridad de los cócteles que recetan. Un regente técnico tiene el mismo estudio que un ingeniero agrónomo, más un curso que la mayoría de los casos los dan las empresas de agrotóxicos. Por lo tanto los municipios están muy equivocados en asignar a una sola persona para tratar temas tan delicados y peligrosos para la salud humana.
-La distancia que se fijó en Ramallo fue de 300 metros para la fumigación terrestre y quedó prohibida la fumigación aérea. Si bien lo modificado pecó de escaso sirvió para salir de los absurdos 50 metros que contemplaba la anterior legislación. Esos metros ganados para la salud de la población implica que a los vecinos lindantes a estos campos no se le fumigue en la cara pero para eso sigue siendo importante el control. ¿Cómo puede controlar una persona si en el mismo día se realizan varias fumigaciones, cuál debería ser la estrategia para no dejar librado al productor que en pos de su ganancia decida no cumplir con los metros estipulados en la ley? Usted que tiene experiencia no solamente de cómo se han organizado distintos pueblos de nuestro país sino de otros países, ¿qué sugiere ante esto?
Aplicar el Principio de Precaución, si tenemos en la provincia una resolución del Defensor del Pueblo que logramos en Mercedes N°32/2011 y una ordenanza modelo en Cañuelas y un fallo de la Corte Suprema de la Pcia, como el de Alberti con una protección de 1200 mts, creo que cualquier amparo realizado contra cualquier fumigación en Ramallo esté por seguro que se terminan los problemas y las ínfulas de algunos ingenieros, especialmente no olvido los nombres de los de la Solicitada, esos son los que primero deberían estar en la lista de los abogados ambientalistas. Si fueron capaces de salir a tratar de imponer una bochornosa medida contra los productores sin importarles los ramallenses, está claro que serían capaces de todo, no demostraron respeto por nada. Máxime después de la reclasificación de la OMS como posible cancerígeno al veneno Banda Verde más usado (glifosato) ningún juez va a animarse a dictaminar lo contrario.Y si lo hace sería un festival para los que luchamos contra el envenenamiento, lo espero con cuchillo y tenedor.
- Si desde el Municipio se decidiera contar con una persona idónea, y no con posición tomada en favor de los agronegocios y no de la vida, como es el caso del ingeniero ¿Cómo debería designarse por parte de la Municipalidad a la persona encargada de que los productores cumplan a la hora de fumigar lo que establece la ordenanza? ¿Cuáles son los requisitos que debería reunir el controlador? ¿Debería ser un ingeniero agrónomo o un especialista en la salud el encargado?
Reitero la respuesta anterior. Es como si me dijeras que soy Juez y parte. No debe un ingeniero estar a cargo de esa función, solo puede asesorar a otros, pero no puede decidir. Debe ser un área donde las decisiones las tomen en conjunto con un médico, un Ingeniero Ambiental o un Licenciado en Higiene y Seguridad y dejar de darles esos puestos a ingenieros agrónomos. Esto deberá a su vez ser refrendado por el intendente, en caso de algún afectado la responsabilidad es de la persona a quien la ciudad le dió su voto y de una vez por todas hacer uso de las leyes, no cumple? revocar mandato e incumplimiento de Deberes de Funcionario Público.-
Una de las fotos de la doctora, experiencia en la pinguinera de Tierra del Fuego
Fernando Latrille, periodista
Sarmiento 1161 Villa Ramallo.Bs As
Tel Cel: 0340715436687
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